ESTUDIOS
DEL DERECHO
DOMINICANO

Forma de estado y de gobierno (CASI TERMINADO)

1- Forma de Estado y de Gobierno de la República Dominicana
La Constitución de la República Dominicana dictamina, en su  Artículo 4 , El Gobierno de la Nación es esencialmente civil El Republicano, Democrático y representativo. El Sistema Político Dominicano es la  democracia republicana  y su forma de Gobierno es la  república presidencialista  con Una división de poderes Entre el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y el Poder Judicial
El Presidente de la República es Jefe del Estado, ostentando La Representacion Formales del País, Es Una Instancia de instancia de instancia de instancia de parte activa del Poder Ejecutivo, Como Jefe de Gobierno (o Jefe de la Administración Pública), SIENDO Elegido de-forma directa Por los votantes y no Por el Congreso o Parlamento. :::: Además, es la "Autoridad suprema de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional Y los demás cuerpos de Seguridad del Estado" ( Artículo 128  de la Constitución  La sede del Gobierno dominicano es Contacto la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, La Capital de la República Dominicana.
2- Concepto de democracia
Segun dicta el Artículo 2 de Nuestra constitución: La democracia es Una forma de organización social Que contrae Como Característica predominante La llamada Soberanía popular. De Ahí Que la titularidad del Poder pertenezca a la colectividad de Sus Miembros, Haciendo la del la del la del la del que la Toma de Decisiones playa EL RESULTADO DE UN Común Acuerdo
3- Mecanismo de la Participación Popular de la Democracia
Los Mecanismos de Participación en La Democracia, HIJO las Herramientas para valer Hacer y Reconocer LOS DERECHOS DEL DEL Tanto en el Ámbito del Estado Como en el dercho internacional.
La Democracia Establece los Mecanismos y correcto FUNCIÓNamiento los Medios para su. Los Mismos estan contemplados en la Constitución de la República Dominicana, Como Es El caso del Artículo 22 Que Establece los Derechos de la Ciudadanía.

ARTICULO 22 .- Derechos de Ciudadanía. Hijo Derechos de ciudadanas y Ciudadanos: 1) Elegir y Ser elegibles Para Los cargamentos Que Establece la Constitución de Presente; 2) Decidir Sobre los Asuntos Que se les propongan Mediante referendo; 3) Ejercer El Derecho de Iniciativa Legislativa populares, municipales, Y En Las Condiciones fijadas Por Esta Constitución y las Leyes; 4) Formular Peticiones a los Poderes Públicos Parr Solicitar Medidas de Interés Público y Obtener Respuesta de las Autoridades en el término establecido Por Las Leyes Que se dicten al respecto; 5) denunciar las faltas cometidas Por los Funcionarios Públicos en el Desempeño de su carga
4- Mecanismo de Participación Popular en Cuanto a los referéndums

Artículo 203.- Referendo, plebiscitos e Iniciativa Normativa municipal. La Ley Orgánica de la Administración Local establecerá los Ámbitos, Requisitos y Condiciones Para El Ejercicio del referendo, plebiscito y la Iniciativa Normativa municipales con el de fin de Fortalecer el Desarrollo de la Democracia y la Gestión local.
ARTICULO 210.- referendos. Las Consultas populares Mediante referendo estaran reguladas Por Una ley determinará Que Todo Lo Relativo celebration Una Do, con Arreglo a las Siguientes Condiciones: 1) No se podran TRATAR Sobre aprobacion ni revocación de mandato de Ninguna Autoridad electa o designada; 2) Requerirán de previa aprobacion congresual con contradictorio el Voto de las Dos Terceras de los Presentes En Cada Cámara.
5- Que es el referendo?
Referendo o Referéndum . Es El Procedimiento Jurídico POR EL Que se someten al voto popular, Leyes o Actos Administrativos Cuya Ratificación POR EL pueblo se PROPONE 1
Es el mecanismo m m de la  democracia directa  Por  antonomasia  y en la Actualidad También Complementa el Régimen de democracia participativa , potenciando la Intervención directa del Cuerpo electoral.
Se Trata de unprocedimiento párr Tomar Decisiones por el cual Cual los Ciudadanos ejercen el  Derecho de sufragio  Parr Decidir sobre Una propuesta de Resolución Mediante la Expresión de su Acuerdo o Desacuerdo. Para Llegar al Acuerdo Tiene Que Haber la Mayoría absoluta Entre los votos.
6- Que es el plebiscito?
Del latín plebiscitum, un plebiscito es una resolución tomada por un pueblo a partir de la pluralidad de votos. Se trata de una consulta realizada por los poderes públicos para que la ciudadanía se exprese mediante el voto popular directo respecto a una determinada propuesta.
El plebiscito es una elección que nace por propuesta de los representantes constitucionales. Suele crearse a partir de la fórmula “sí o no”, donde los votantes deben responder a la pregunta planteada por un ente electoral.
7- El contenido dogmático y el contenido orgánico de las constituciones
LA PARTE DOGMATICA
Hace referencia a losderechos, obligaciones, garantías, etc., de la persona y de los grupos sociales adscritos al Estado.
En suma la parte dogmática se identifica claramente con los preceptos constitucionales que fórmula los valores, los principios básicos del régimen y losderechos y libertades de los ciudadanos.
LA PARTE ORGANICA

Hace referencia al Estado. Comprende la institucionalización sistémica del cuerpo político; el conjunto de reglas para elestablecimiento y función de los órganos y organismos estaduales; así como el reparto de competencias entre estos y los mecanismos de elección o designación de las autoridades encargadas de su conducción. Esta parte está, ha estado, y debe estar en función de la parte dogmática.
En esa perspectiva, plantea regulaciones en las tres áreas siguientes:
* La forma del Estado (unitario, complejo).
* Laforma de gobierno (monarquía, república, presidencialismo, parlamentarismo, etc.).
* Las competencias de los órganos de poder, relaciones controles, etc. (Ejecutivo, Legislativo, Judicial, organismos autónomos, etc.).
8- Concepto de constitucionalismo

El constitucionalismo es la forma de organizar un Estado en base a una ley suprema, al que el resto de las normas jurídicas deben respetar, la Constitución, que asegure al pueblo la igualdad, el goce de sus derechos naturales, el respeto a su dignidad humana; y organice y limite los poderes del Estado, diferenciando entre poder constituyente, propio del pueblo soberano para darse una constitución y poder reformarla, y los poderes constituidos que gobiernan en base a ella, limitados unos por otros, y son elegidos por la mayoría popular.
9- Origen del constitucionalismo
El nacimiento del constitucionalismo debe situarse a partir de las Revoluciones Inglesas que comenzaron con el triunfo del Parlamento sobre una Monarquía que quería ser absolutista, representada porCarlos I, continuó con la Revolución Americana y terminó con la Francesa y la Española con su Constitución de 1812 o de Cádiz.
13- El derecho constitucional comparado
El derecho constitucional comparado se considera como “ciencia jurídica
autónoma”, “una de las ciencias jurídicas que tiene por objeto el estudio profundo de los
ordenamientos constitucionales de los Estados, al lado de las ciencias del derecho
constitucional particular, estimadas como las relativas a un único ordenamiento estatal, y la del derecho constitucional general, que constituye un capítulo específico de la teoría general del Derecho”.
- Se reconoce la especificidad del derecho constitucional comparado en el marco
del derecho comparado general, especificidad que reside en que la comparación reviste
características particulares que la distinguen sensiblemente de la comparación en el campo del derecho privado, ya que su objeto son las instituciones relativas a la organización del poder, y no las posiciones y relaciones jurídicas intersubjetivas de los individuos.
- Se definen las funciones del derecho constitucional comparado: la adquisición de
conocimiento, verificación de datos, comprensión del propio ordenamiento, la clasificación y agrupación de los ordenamientos estatales, la interpretación de las normas constitucionales, la preparación de normas y la armonización normativa entre diferentes Estados.
- El análisis de los diferentes ordenamientos se estructura clasificándolos y

ordenándolos en diferentes “formas de Estado” y “formas de gobierno”: Estados liberales, Estados socialistas, Estados autoritarios, Estados en vías de desarrollo... La teoría de las formas de Estado y las formas de gobierno se desarrolla a partir del derecho comparado y se convierte en criterio determinante a tener en cuenta en el desarrollo de cualquier estudio comparativo y en pieza fundamental de la teoría del Estado constitucional.

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