En la ciudad de
<<...>> República Dominicana, a los <<...>> días del mes de <<...>>del año <<...>>, ante mí,
<<...>>, Juez de Paz de la
<<...>> Circunscripción del Distrito Nacional,
comparecieron: DE UNA PARTE, <<...>>, dominicano(a), mayor de edad,
de profesión u oficio <<...>>, domiciliado(a) y residente en
esta <<...>>, portador de la
cédula de identidad y electoral No. <<...>>, quien actúa en nombre y representación
de <<...>>; a quien se le
denominará para los fines de este Contrato LA PRIMERA PARTE; y DE LA OTRA
PARTE, <<...>> quien(es) en lo adelante se denominará: LA SEGUNDA
PARTE; y me han declarado ambas partes BAJO LA FE DEL JURAMENTO que entre ellos
se ha suscrito en fecha
<<...>>, un contrato de préstamo con prenda sin
desapoderamiento que dice lo siguiente:
ARTICULO PRIMERO: LA PRIMERA
PARTE, por medio del presente acto, otorga a la SEGUNDA PARTE, que acepta, bajo
todas las garantías ordinarias de derecho y las previstas especialmente en este
acto u otro cualquiera, un préstamo ascendente a la suma de RD$
<<...>>, que la SEGUNDA PARTE declara haber recibido a su entera
satisfacción de manos de la PRIMERA PARTE, y que será aplicada o empleada por
LA SEGUNDA PARTE para: <<...>>.
Las partes reconocen que el préstamo de RD$ <<...>>, devengará intereses al
tipo del <<...>>por ciento
mensual, independientemente de cualesquiera otros gastos que se generaren como
consecuencia de este préstamo, tales como inscripción de garantía, gastos
legales y otros accesorios estipulados de común acuerdo entre las partes.
ARTICULO SEGUNDO: En adición
al presente Contrato, y en representación de la suma prestada precedentemente
mencionada, sus intereses y accesorios, LA SEGUNDA PARTE suscribe un pagaré por
concepto de dicho préstamo a favor y a la orden de la PRIMERA PARTE, con su
vencimiento de VEINTICUATRO (24) MESES, el cual podrá ser renovable de mutuo
acuerdo entre las partes, por el saldo absoluto del préstamo, siempre dentro de
la vigencia del término de este Contrato, y dicho pagaré será marcado con la
mención: "TODO DE CONFORMIDAD CON EL CONTRATO DE FECHA <<...>>.
A los fines más arriba indicados, LA SEGUNDA PARTE se obliga y
compromete a rembolsar la suma otorgada en préstamo por la PRIMERA PARTE, cuyo
monto aparece en el artículo primero de este contrato, más sus intereses al
tipo del <<...>> por ciento
mensual, y demás gastos y accesorios, en caso de que los hubiere, en un término
no mayor de <<...>> contado
a partir de la fecha de suscripción del presente contrato, de la manera
siguiente: <<...>>.
PARRAFO: LAS PARTES HACEN ELECCION DE DOMICILIO EN EL JUZGADO DE PAZ
DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCION PARA TODOS LOS FINES DE LA LEY.
Queda expresamente convenido entre las partes, que la falta de pago de
una cualesquiera de las cuotas indicadas anteriormente, hará exigible la
totalidad de la deuda, perdiendo en consecuencia LA SEGUNDA PARTE el beneficio
del término acordado, mediante este contrato y las condiciones de pago que se
le otorgan, haciéndose ejecutable, en consecuencia, la prenda sin
desapoderamiento de que se hablará más adelante, en este contrato, así como
cualquier otra garantía ordinaria o especial convenida por las partes en virtud
de este acto u otro cualquiera.
LA SEGUNDA PARTE tendrá la obligación de pagar los intereses hasta la
fecha en que se realice el pago de la o las cuotas atrasadas.
ARTICULO TERCERO: LA PRIMERA
PARTE se reserva la facultad de aceptar el pago de cualquier cuota de
amortización de capital y/o pago de intereses y accesorios, con posterioridad
al vencimiento de la misma sin que ello implique renuncia a la pérdida del
término o a la ejecución producida con motivo del incumplimiento de la SEGUNDA
PARTE.
ARTICULO CUARTO: De los pagos
que realice LA SEGUNDA PARTE, se aplicará en primer lugar, la parte
correspondiente a los intereses convencionales, comisiones y gastos vencidos y
el resto será aplicado a amortizar el capital.
ARTICULO QUINTO: Para
seguridad y garantía de pago del préstamo objeto de este contrato, la SEGUNDA
PARTE consiente en otorgar a la PRIMERA PARTE en calidad de prenda sin
desapoderamiento, los siguientes objetos: <<...>>, ASCENDENTE A UN
VALOR DE <<...>>, SEGUN
LISTADOS ANEXOS Y TASADOS POR
<<...>>.
La SEGUNDA PARTE, declara BAJO FE DEL JURAMENTO, que el (los) efecto
(s) dado (s) en prenda, se encuentra (n) en perfecto estado, y que podrá (n)
ser inspeccionado (s) por la PRIMERA PARTE en cualquier momento, sin
autorización previa de la SEGUNDA PARTE.
La presente prenda sin desapoderamiento estará regida por la ley
No.6186 del 12 de Febrero de 1963 y sus modificaciones, y al efecto, la SEGUNDA
PARTE declara BAJO FE DEL JURAMENTO que el (los) objeto (s) dado (s) en prenda
es (son) el (los) descrito (s) anteriormente. Dicho (s) bien (es) garantizará
(n) la totalidad de la suma prestada en principal, intereses, accesorios y
gastos de ejecución en caso de ser necesario.
ARTICULO SEXTO: La SEGUNDA
PARTE declara BAJO FE DEL JURAMENTO, lo siguiente: a) Que él (los) objeto (s)
dado (s) en prenda se encuentra (n) y será (n) mantenido (s) dentro del
territorio nacional; b) Que él (los) mismo (s) no será (n) trasladado (s) al
exterior, sin el consentimiento previo y por escrito de la PRIMERA PARTE, salvo
caso de fuerza mayor, para su preservación, en cuyo caso deberá la SEGUNDA
PARTE, dar aviso por escrito a la PRIMERA PARTE, dentro de las cuarenta y ocho
(48) horas subsiguientes al caso de fuerza mayor; c) Que él (los) bien (es)
dado (s) en prenda es (son) de su propiedad y que sobre él (los) mismo (s) no pesa
(n) ningún gravamen legal, judicial o convencional; y que la identificación del
(los) mismo (s), es la que acaba de ser indicada anteriormente; d) Que él (los)
bien (es) dado (s) en prenda mediante este contrato tiene (n) un valor total
de:
ARTICULO SEPTIMO: La SEGUNDA
PARTE reconoce que le está totalmente prohibido constituir una nueva prenda sin
desapoderamiento o cualquier otro gravamen sobre el (los) bien (es) dado (s) en
garantía por este contrato, a menos que obtenga autorización previa y por escrito
de la PRIMERA PARTE. En caso de violación de esta cláusula, como de cualquier
otra cláusula y/o la obligación principal, o accesoria contraída por la SEGUNDA
PARTE, esta última perderá el beneficio del término acordado y las condiciones
de pago que se le otorgan, haciéndose en este caso ejecutable de pleno derecho
la prenda aquí constituida, así como cualquier otra garantía ordinaria o
especial convenida por las partes en este acto u otro cualquiera.
ARTICULO OCTAVO: La SEGUNDA
PARTE autoriza y faculta a la PRIMERA PARTE, a su opción para que pueda
apropiarse en cualquier momento de cualquier suma, y de todas las sumas que
estén actualmente o en el futuro en manos de la PRIMERA PARTE, bien sea en
depósito o a cualquier otro título acreditado o perteneciente a la SEGUNDA
PARTE a fin de cubrir cualquier valor en capital, intereses o accesorios
convencionales o de derecho que adeudare la SEGUNDA PARTE a la PRIMERA PARTE
con motivo de este contrato, imputado o aplicando dichas sumas en la forma
convenida anteriormente en el artículo cuatro del presente contrato.
ARTICULO NOVENO: La SEGUNDA
PARTE declara que el (los) bien (es) dado (s) en prenda mediante este contrato
está asegurado de la manera siguiente: <<...>>
La SEGUNDA PARTE se compromete a hacer constar en dicha póliza la
cesión y delegación de derechos de la misma en favor de la PRIMERA PARTE, así
como la aceptación de la compañía aseguradora, sin perjuicio de que
cualesquiera de las partes proceda a la notificación de la cesión y delegación,
de conformidad con el artículo 1690 del Código Civil. La SEGUNDA PARTE se
obliga y compromete a mantener en vigor por renovación sucesiva y mientras sea
deudor de la PRIMERA PARTE, la referida póliza de seguro, destinada a la
garantía que en este contrato se estipula, en el entendido de que si la SEGUNDA
PARTE, sin estar obligada a ello, podrá hacer por cuenta de la SEGUNDA PARTE
dicha renovación debiendo esta última pagar los avances o gastos en que incurra
la PRIMERA PARTE antes del próximo vencimiento de los intereses convencionales
establecidos en el presente contrato. Quedando convenido, además, que las sumas
que por este concepto avance la PRIMERA PARTE devengarán intereses al <<...>> por ciento anual y serán
exigibles a voluntad de la PRIMERA PARTE sin necesidad de requerimiento alguno
ni puesta en mora. Tales avances estarán garantizados también por la cesión y
delegación de la póliza, así como por la garantía real mobiliaria prevista en
el presente contrato.
ARTICULO DECIMO: En el caso
de que por fluctuaciones del mercado o por cualquier otra causa, el valor de
los bienes en prenda venga a reducirse en un diez por ciento (10%) o en más, la
SEGUNDA PARTE se obliga a suministrar a
<<...>>, un suplemento de garantía para cubrir enteramente
la reducción habida en el valor de la prenda o a reducir en la proporción
correspondiente por medio de un pago en dinero efectivo. Si dentro de las
veinticuatro (24) horas después de haber sido puestos en mora de suministrar el
dicho suplemento de prenda, no lo hubiere suministrado la SEGUNDA PARTE a la
entera satisfacción, de la PRIMERA PARTE, o no hubiere realizado el pago en
dinero efectivo correspondiente; la deuda quedará vencida y la PRIMERA PARTE
estará en facultad de ejecutar la prenda sin ninguna formalidad previa.
ARTICULO UNDECIMO: La SEGUNDA
PARTE se compromete a pagar todos los gastos, costos y honorarios que se
produzcan con motivo de la formalización y/o inscripción y/o la ejecución del
presente contrato.
ARTICULO DUODECIMO: Para la
ejecución del presente contrato, y todos los fines y consecuencias del mismo,
las partes eligen domicilio de la manera siguiente:
a) LA PRIMERA PARTE, en
<<...>>,y
b) LA SEGUNDA PARTE en
<<...>>.
ARTICULO DECIMOTERCERO: Las
personas reconocen que en caso de ejecución del presente contrato, conforme las
disposiciones el artículo 214 de la Ley No.6186, que rige la materia, el juez
competente será el del Tribunal donde se inscriba dicho contrato.
ARTICULO DECIMOCUARTO: La
SEGUNDA PARTE asume con carácter solidario e indivisible todas y cada una de
las obligaciones contraídas en virtud del presente contrato.
HECHO Y FIRMADO ha sido el
presente contrato, en triple original, de un mismo tenor, uno para cada una de
las partes, y otro para ser depositado en el Juzgado de Paz donde se inscriba
la Prenda. En <<...>>,
República Dominicana, a los
<<...>> del mes de
<<...>> del año
<<...>>..
<<...>> <<...>>
PRIMERA PARTE SEGUNDA
PARTE
El presente contrato ha sido inscrito en fecha <<...>>de <<...>>del año
<<...>>, marcado con el No. <<...>>, en el Juzgado de
Paz de la
<<...>>Circunscripción del
<<...>>
CERTIFICO:
<<...>>