ESTUDIOS
DEL DERECHO
DOMINICANO

ORGANIZACIÓN JUDICIAL

Organización judicial.

Ø Quien ejerce el poder judicial?
Los jueces de la suprema corte de justicia, cortes de apelación, tribunales y juzgados.
Ø Cual es la función del poder judicial?
 El Poder Judicial es un poder del Estado que, de conformidad con el ordenamiento jurídico, es el encargado de administrar justicia en la sociedad, mediante la aplicación de las normas jurídicas en la resolución de conflictos. 
Ø  Cuan es la función de los tribunales? El Tribunal de Tierras se organizará y funcionará de acuerdo con las leyes especiales que lo rigen; pero sus magistrados y jueces estarán sometidos a las incompatibi- lidades y prohibiciones contenidas en los artículos 6 y 8 de la presente ley, y la autoridad disciplinaria de la Suprema Corte de Justicia.
  • DE LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

Art. 42.- (Mod. por la Ley 424 del 1969, G.O. 9137). Habrá tantos Distritos Judiciales como establezca la ley.
Art. 43.- (Mod. por la Ley 266 del 1971 , G.O. 9252). En cada Distrito Judicial habrá un Juzgado de Primera Instancia con plenitud de jurisdicción, el cual podrá estar dividido en Cámaras según lo exija el mejor desenvolvimiento de las labores judiciales a su cargo. DE LOS JUZGADOS DE PAZ (*)
Art. 52.- (Mod. por la Constitución de 1994). En cada Municipio habrá por lo menos, un Juzgado de Paz, servido por un Juez de Paz. Cada Juzgado de Paz tendrá un Secretario y un Alguacil de Estrados que serán nombrados por el Juez de Paz; y tendrá, además, un escribiente, un conserje y los demás empleados que determine la ley de Gastos Públicos, los cuales serán nombrados por la Suprema Corte de Justicia.
1.   Art. 53.- Cada Juez de Paz tendrá dos suplentes, que se denominarán primer suplente y segundo suplente, y en este orden, sustituirán al Juez de Paz cuando éste se encuentre imposibilitado para ejercer sus funciones, o esté vacante el Juzgado de Paz. Los suplentes de Juez de Paz deberán reunir las mismas condiciones que se requieren para los Jueces de Paz.
                    

2.     Cual es la ley que regula la organización judicial?
La ley 821.
3.     Mediante cual legislación esta regulada la carrera judicial?
Ley No. 327-98. HA DADO LA SIGUIENTE LEY DE LA CARRERA JUDICIAL CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES. EXCLUSIONES. EXTENSIÓN GRADUAL Artículo 1.- La presente ley y sus reglamentos regulan los derechos y deberes de los magistrados del orden judicial en el ejercicio de la función jurisdiccional del Estado, estableciendo las normas de trabajo entre éstos, para garantizar la idoneidad, la estabilidad e independencia de los mismos, así como para el establecimiento de un sistema que permita estructurar técnicamente, y sobre la base de los méritos, la carrera judicial, con exclusión de toda discriminación fundada en motivos políticos, sociales, religiosos o de cualquier otra índole. Artículo 2.- Están excluidos del ámbito de aplicación de esta ley: 1.- Todos aquellos funcionarios que, de acuerdo a la Constitución de la República, sus nombramientos correspondan a otro Poder del Estado.
Cual es la legislación que crea la suprema corte de justicia? Ley No. 25-91 que crea la Ley Orgánica de la Suprema Corte de Justicia.
Cual es la ley que crea el consejo nacional de la magistratura? Ley No. 169-97 (Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura).
Cual la función de la escuela nacional de la judicatura?
La Escuela Nacional de la Judicatura tal y como lo establece la Constitución de la República tendrá por función la formación inicial de los y las aspirantes a jueces, asegurando su capacitación técnica.
Fue creada mediante la Ley Núm. 327-98 de Carrera Judicial del 11 de agosto de 1998.
Se enfoca en contribuir con la excelencia en el sistema de administración de justicia y para ello implementa un conjunto de programas dirigidos a satisfacer todas las necesidades de capacitación de los integrantes del Poder Judicial. Cooperamos con la capacitación y renovación de los demás actores del sector justicia, a la vez que intenta enriquecer el acervo jurídico nacional y las relaciones entre los distintos actores de las comunidades jurídicas nacional e internacional.

Quien designa a los jueces?
Jueces de la Suprema Corte de Justicia
La Suprema Corte de Justicia está compuesta por 17 jueces designados por el Consejo Nacional de la Magistratura, incluidos su presidente y el primer y segundo sustitutos.

Cual es el contenido del articulo 151de la constitución? Articulo 151.- Independencia del Poder Judicial. Las y 10s
jueces integrantes del Poder Judicial son independientes, imparciales,
responsables e inamovibles y estin sometidos a la Constituci6n y a las
leyes. No poddn ser removidos, separados, suspendidos, trasladados o
jubilados, sin0 por alguna de las causas establecidas y con las garantias
Ø previstas en la ley.

Ø Cuantos jueces integran la suprema corte de justicia?

17 jueces
Ø  Cuales son los requisitos para ser juez de la suprema corte de justicia? Criterios para la escogencia
El Consejo Nacional de la Magistratura al conformar la Suprema Corte de Justicia deberá seleccionar las tres cuartas partes de sus miembros de jueces que pertenezcan al sistema de carrera judicial, y la cuarta parte restante los escogerá de profesionales del derecho, académicos o miembros del Ministerio Público.
El Consejo Nacional de la Magistratura, al designar las y los jueces de la Suprema Corte de Justicia, dispondrá cuál de ellos ocupará la presidencia y designará un primer y segundo sustitutos para reemplazar al Presidente en caso de falta o impedimento. El Presidente y sus sustitutos ejercerán esas funciones por un período de siete años, al término del cual, y previa evaluación de su desempeño realizada por el Consejo Nacional de la Magistratura, podrán ser elegidos por un nuevo período.
En caso de vacante de un juez investido con una de las calidades arriba expresadas, el Consejo Nacional de la Magistratura designará a un nuevo juez con igual calidad o atribuirá ésta a otro de los jueces de la Suprema Corte de Justicia.
Evaluación de desempeño
Los jueces de la Suprema Corte de Justicia estarán sujetos a la evaluación de su desempeño al término de siete años a partir de su elección, por el Consejo Nacional de la Magistratura. En los casos en que el Consejo Nacional de la Magistratura decidiere la pertinencia de separar un juez de su cargo, deberá sustentar su decisión en los motivos contenidos en la ley que rige la materia.
Ø Cuales son las atribuciones de la suprema corte de justicia?
Ø  Suprema Corte de Justicia se dividirá en tres (3) Cámaras que se identificarán como Primera Cámara, Segunda Cámara y Tercera Cámara de la Suprema Corte de Justicia.
Ø  Art. 3.- (Mod. por Ley No. 156-97, del 10/07/97, G.O. 9959). La Suprema Corte de Justicia en pleno estará dirigida por un (1) Presidente y dos (2) sustitutos del Presidente.
Ø  Art. 4.- (Mod. por Ley No. 156-97, del 10/07/97, G.O. 9959). Cada Cámara estará compuesta de cinco (5) jueces y será dirigida por un Presidente y un Vicepresidente designados por el Consejo Nacional de la Magistratura.
Ø  Art. 5.- (Mod. por Ley No. 156-97, del 10/07/97, G.O. 9959). Los presidentes de la Primera y la Segunda Cámaras serán el primer
Ø  y el segundo sustitutos del Presidente de la Suprema Corte de
Ø  Justicia.
Ø  Art. 6.- (Mod. por Ley No. 156-97, del 10/07/97, G.O. 9959). Cada Cámara podrá integrarse con tres (3) de sus miembros, en cuyo caso las decisiones se tomarán a unanimidad.
Ø  Art. 7.- (Mod. por Ley No. 156-97, del 10/07/97, G.O. 9959). La Primera Cámara tendrá competencia para conocer y fallar de todos los asuntos en materia civil, comercial y laboral que sean objeto de recurso de casación.
Ø  Art. 8.- (Mod. por Ley No. 156-97, del 10/07/97, G.O. 9959). La Segunda Cámara será competente para conocer y fallar todos los recursos en materia represiva de que sea apoderada la Suprema Corte de Justicia, tanto como Tribunal de Alzada o como Corte de Casación.
Ø  Párrafo.- Los procesos penales seguidos contra los funcionarios que gozan de jurisdicción privilegiada ante ese tribunal serán conocidos por la Suprema Corte de Justicia en pleno".
Ø  Art. 9.- (Mod. por Ley No. 156-97, del 10/07/97, G.O. 9959). La Tercera Cámara será competente para conocer y fallar de todos los asuntos en materia de tierra, administrativa y tributaria que sean objeto de recurso de casación.
Ø  Compendio de Derecho Judicial Dominicano
Ø  Art. 10.- (Mod. por Ley No. 156-97, del 10/07/97, G.O. 9959).
Ø  Cada Cámara tendrá asignados un secretario y dos alguaciles de estrado, y los empleados que fueren necesarios, nombrados todos por la Suprema Corte de Justicia.
Ø  Art. 11.- (Derogado por Ley No. 156-97, del 10/07/ 97, G.O.
Ø  9959).
Ø  Art. 12.- (Derogado por Ley 156-97, del 10107/97, G.O. 9959). De la Suprema Corte de Justicia:
Ø  Art. 13.- (Mod. por Ley No. 156-97, del 10107197, G.O. 9959). Corresponde a la Suprema Corte de Justicia en pleno, el conocimiento de todo asunto en materia de constitucionalidad, así como las demás obligaciones que le fijan la Constitución y las leyes.
Ø  Art. 14.- Corresponde, asimismo, a la Suprema Corte de Justicia en pleno, el conocimiento de: a) Demandas en declinatoria por causa de sospecha legítima o por causa de seguridad pública, b) Demandas en designación de Jueces en todos los casos; c) Decisión sobre traslados de Jueces, d) Casos de recusación e inhibición de Jueces; e) Demandas a los fines de que se suspenda la ejecución de sentencias; f) Designación de Notarios Públicos; g) Juramentación de nuevos Abogados y Notarios; h) Trazado del procedimiento judicial a seguir en todos los casos en que la ley no establezca el procedimiento a seguir; i) Conocimiento de las causas disciplinarias seguidas contra las decisiones de los Tribunales Disciplinarios de los Colegios de Abogados; k) Conocimiento de los Recursos de Apelación en materia de Libertad Provisional bajo Fianza; I) Los recursos de Habeas Corpus que se elevaren a la Suprema Corte de Justicia en primer y único grado; y m) Todos los asuntos que la ley no ponga a cargo de una de las Cámaras.
Ø  Art. 15.- En los casos de recurso de Casación, las diferentes
Ø  Cámaras que componen la Suprema Corte de Justicia, tendrán
Ø la facultad de conocer el primer recurso de Casación sobre cualquier punto. Sin embargo, cuando se trate de un segundo recurso de Casación relacionado con el mismo punto, será competencia de las Cámaras reunidas de la Suprema Corte de Justicia en pleno, el conocimiento de los mismos.
Por quienes esta integrado el consejo del poder judicial? El art. 155 de la Constitución establece que este órgano será integrado por:
 1) El Presidente de la Suprema Corte de Justicia, quien lo presidirá;
2) Un Juez de la Suprema Corte de Justicia, elegido por el pleno de la misma;
3) Un Juez de Corte de Apelación o su equivalente, elegido por sus pares;
4) Un Juez de Primera Instancia o su equivalente, elegido por sus pares;
5) Un Juez de Paz o su equivalente, elegido por sus pares. Los integrantes de este consejo, con excepción del Presidente de la Suprema Corte de Justicia, permanecerán en estas funciones por cinco años, cesarán en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales mientras sean miembros de dicho consejo y no podrán optar por un nuevo período en el consejo.
Ø Cuantas cortes existen? De acuerdo con el artículo 32 de la Ley núm. 821 del 21 de noviembre de 1927, de Organización Judicial, modificada por las Leyes núms. 107 de 1983, 259 de 1998, 17 de 2001, 141 de 2002 y la Ley núm. 108-05 del 23 de marzo de 2005, sobre Registro Inmobiliario; habrá once (11) Cortes de Apelación Ordinarias; seis (6) Cortes de Trabajo; cinco (5) Cortes de Niños, Niñas y Adolescentes y en funcionamiento; cuatro (4) Tribunales Superiores de Tierras; y un (1) Tribunal Superior Administrativo en funcionamiento, distribuidas en los once departamentos judiciales a nivel nacional.
Ø Cuantos departamentos existen? 
distribuidas en los once departamentos judiciales a nivel nacional.
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